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Manutencion obligatoria

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Víctor 11/07/2017

Hola, soy un padre divorciado con un hijo con down, este ya cumplió la mayoría de edad. Quisiera saber hasta cuando estoy obligado a pasar manutencion de alimentos.
Se puede rescindir en caso que él vaya a cobrar una pensión del estado?
Que dice la ley en estos casos?
Gracias.

Responder consulta de Víctor

Paco González Ruiz 14/07/2017

Hola:
Los alimentos a los hijos con discapacidad no se extinguen automáticamente cuando el hijo alcanza la mayoría de edad, sino que debe mantenerse siempre y cuando siga viviendo en el domicilio familiar y carezca de recursos para mantenerse por sí mismo, si su discapacidad le impide hacer una vida independiente.

La ley no establece ningún límite de edad. Un hijo con discapacidad requiere de unos cuidados y una dedicación que subsisten mientras subsista la discapacidad y carezca de recursos económicos para su propia manutención.

Se estará al caso concreto para determinar las necesidades y para ver si la pensión se la conceden a él o a la madre, y si esa pensión estatal es suficiente. Quizás, en este caso, lo que se pueda solicitar es una reducción de la pensión de alimentos.

Un saludo.

Celia Ojeda 09/10/2018

Tengo un niño con discapacidad y la madre cobra su pensión. Ella alega que no me lo pasa porque tenemos otro hijo en común y esa pensión lo usa para el gasto del otro niño que aclaró no sufre ninguna discapacidad alguna. Y me exige que le pasa la mantension del otro niño cuando no puedo con el gasto de este que tengo conmigo lo cual su discacidad requiere muchos gastos. Quiero que me expliquen como sería en este caso?

Paco González. Asesor externo Down España 22/10/2018

Hola, voy a contestar según lo que he entendido del caso:
La pensión que recibe una persona con discapacidad debe dedicarse a su manutención y a cubrir sus necesidades y gastos, no a los de un hermano u otro familiar.
En los convenios reguladores no vale la compensación arbitraria por parte de uno de los padres, todo debe ser de mutuo acuerdo o, si no se llega al acuerdo, por resolución judicial. Es decir, la pensión del hijo con discapacidad la debe percibir el progenitor con el que vive; para los gastos de los otros hijos se deben poner de acuerdo los progenitores.

Espero que sea de ayuda. Un saludo.

Paco González

Geraldine martinez 04/12/2018

Soy Venezola y el papa de mi hijo es ciudado español el niño nacio en el 2003 ynos separamos en el 2010por multiples razones en donde se fue y no regreso mas incluso le dio un poder a una abogadas aqui en venezuela en donde ellas asistieron en representacion de él. En donde se homañogo por el tribunal una manutencion donde solo cumplio por un par de meses hasta el sol de hoy ahora me gustaria saber de corazon cuales son los lineamientos para hacerle cumplir, porque aqui en mi pais no puedo obligarlo, por la sencilla razon de que él no vive aqui y ningun miembro de su familia. Que tengo que ir a españa y ver si ello me pueden solventar con la homologacion siono con un abogado privado.Eso fue lo que me dijeron en el ministerio publico de proteccion al ñiño. Gracias.

Hela 21/08/2023

Tengo mi hermano con síndrome de asperger y retraso, tienes 26 años y no ha podido conseguir trabajo y nose si tenemos derecho a ponerle una demanda de alimentación para el.

GLR 06/09/2023

Mi pareja tiene 2 niños y paga la manutención de los 2, este año uno de ellos (mayor de edad) se va a vivir a casa de los padres de mi pareja por tener la universidad en la misma ciudad donde viven ellos. Sigue estando mi pareja obligado a pagar la manutención de este niño?

6 respuestas en total