Hermanos Down

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Incapacitación para votar

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antonio bravo 21/11/2012

Soy hermano de un síndrome de Down. Esta es la primera vez que escribo aquí, y voy a leer con atención las propuestas y las opiniones de los demás. Es un tema tan sensible y tan discutible como lo es su incapacitación… Hace unos meses había votaciones y me negaron que mi hermano pudiera votar. Al partido que votaba no le importa nada, pero por qué él no puede decidir, aunque sin la pretendida inteligencia «nuestra»(?)
Gracias

Responder consulta de antonio bravo

Coordinadora de la Red Nacional de Hermanos 23/11/2012

Buenos días Antonio,

En primer lugar comentarte que la Convención Internacional de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU establece que estas personas tienen el mismo derecho a votar que el resto de ciudadanos. En tu caso, como comentas, nos encontramos ante la situación de que tu hermano está incapacitado judicialmente, y es por ello que le han negado el derecho al voto. Si lo consideráis oportuno podríais hacer una revisión de la incapacitación de tu hermano para modificar este aspecto, y de hecho desde DOWN ESPAÑA estamos recomendando no incapacitar a las personas con discapacidad intelectual, ya que consideramos que no respeta la autodeterminación de la persona con síndrome de Down.

Por supuesto que es justo y necesario que tengan derecho al voto, ya que este es un derecho que tenemos todos como ciudadanos. Lo que será necesario es que trabajamos con ellos el significado de una votación, como poder elegir al partido que les guste más, etc. Pero no negarles de raíz este derecho civil.

Saludos,
Pilar Agustín

bert 13/05/2013

Hola,
en el caso de mi hermano, mis padres decidieron pedir para mi hermano la incapacitación económica , pero fue el fiscal el que determinó la incapacitación judicial y por lo tanto le negaron el derecho al sufragio activo y estamos pensando en recurrir esa decisión, pero al plantearlo en la fiscalía nos dicen que como tendría que valorar a mi hermano un forense podría «mejorar de la discapacidad», ¿qué clase de contestación es esa? ¿qué tratan de decir?

Coordinadora de la Red Nacional de Hermanos 15/05/2013

Estimado Bert, entendemos lo que ha pasado. La solicitud de incapacitación económica conlleva normalmente una incapacitación jurídica más amplia (al diagnosticar el juez unas necesidades de tutela, normalmente de ello se derivan las mismas limitaciones de decisión en otros temas: de salud, de decisiones personales, etc,..). Es algo injusto, pero es una consecuencia de la propia figura legal de incapacitación… por eso mismo, desde DOWN ESPAÑA pedimos a las familias que no busquen la incapacitación jurídica, ya que el objetivo es que a futuro se puedan dar sentencias de definición de apoyos a la capacidad que no sean tan limitadoras para la persona (que es lo que ha planteado la Convención internacional de Derechos de Personas con Discapacidad).

En este caso, el juez interpretó de oficio la incapacitación del derecho al voto, ya que la ley electoral actual le obliga a hacerlo así (por eso, una incapacitación económica suele conllevar casi siempre la eliminación del derecho al voto).

La respuesta del fiscal va en relación a que cuando existe una sentencia de incapacitación, se puede alegar una revisión de la misma basada en la modificación de las condiciones de esa discapacidad (porque existe una mejora, un aprendizaje, una evolución en los apoyos,…), es decir, razones objetivas que pueden hacer que el juez interprete que debe alterarse esa sentencia inicial. En el caso de personas con síndrome de Down lógicamente es difícil que esto suceda. En el caso de haberlo, esta misma interpretación tendría que conllevar una revisión de la certificación de discapacidad (si una persona es objetivamente “menos incapaz”, al mismo tiempo su “valoración de la discapacidad” será también menor, y por lo tanto su certificación de discapacidad y/o de dependencia, debe revisarse). Por eso si un forense hace un diagnóstico de tu hermano y descubre que su capacidad es mejor de lo que se había planteado inicialmente, la Sentencia de Incapacitación podría revisarse pero también lo hará su valoración de discapacidad… suponemos que es a esto a lo que se refería el Fiscal.

Saludos,
Pilar Agustín Sanjuán

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