Empleo

Consulta a nuestros expertos tus dudas o inquietudes y comparte con otras familias tus experiencias. Consulta los temas ya existentes antes de crear uno nuevo, es probable que alguien haya tenido antes la misma duda.

Despedida del trabajo en Colombia

Realizar nueva consulta
Diani 21/10/2016

Buenas tardes , quisiera saber qué pasa cuando una mujer es madre cabeza de familia , con un hijo son síndrome de down y fue despedida de su cargo laboral , con un contrato de libre nombramiento y remoción , ¿que protección se puede adquirir en Colombia?

Responder consulta de Diani

Experto en Empleo DOWN ESPAÑA 24/10/2016

Hola Diani,

para esa respuesta deberías dirigirte a un profesional (abogado laboral) que conozca la legislación de tu país, aunque si te puedo adelantar que por lo menos en España no hay ninguna protección especial laboralmente hablando por el hecho de tener síndrome de Down.

En algunas regiones sí hay una protección especial por el cuidado de hijos pero hasta una edad temprana. Desconozco cual es la edad de tu hijo/a y no sé si vuestra legislación lo ampara.

Un saludo,
Pedro Martinez

HORACIO DE JESUS CANO ZAPATA 02/11/2016

Buenas tardes en Colombia

cordial saludo

por favor informarme si en Colombia existe alguna ley que favorezca que un padre de un hijo con condición de discapacidad sea despedido de una empresa teniendo contrato indefinido y sin justa causa.

Por favor informarme.

Martha Robles /Directora Proyectos Fundown Caribe 21/11/2016

Cordial saludo

Desde Fundown Caribe en la ciudad de Barranquilla, elevamos su consulta al consultorio jurídico de la Universidad del Norte y al respecto ellos nos responden:

«Analizando el caso nos que comenta, existe una figura en el Derecho Laboral denominada Estabilidad Laboral Reforzada, que busca garantizar la estabilidad laboral del trabajador y sólo se configura en casos muy especiales. En principio, en el caso concreto que nos comenta, ella no sería acreedora de esta figura. No obstante, para poder estudiar puntualmente el caso de la usuaria, es necesario que ésta, se acerque al Consultorio Jurídico y nos allegue pruebas del nivel de discapacidad de su hijo/a, si es menor de edad, que afectación a sus derechos fundamentales (como el mínimo vital) ha sufrido a raíz del despido, su nivel de ingresos y la carta de terminación de su contrato.

Sólo con el estudio de estas pruebas, es que podríamos determinar si la usuaria es acreedora o no de la Estabilidad Laboral Reforzada.»

Le invitamos a acercarse a este u otro consultorio jurídico universitario próximo en su ciudad de residencia, donde sin costo podría solicitar le revisaran puntualmente la situación para ver si es aplicable la figura que nos reportan.

Un saludo.

3 respuestas en total