Política del Canal de Comunicación y Denuncias

DOWN ESPAÑA cuenta con un canal ético o de denuncias cuya finalidad principal es prevenir incumplimientos normativos y corregir los ya detectados, garantizando la confidencialidad e indemnidad del denunciante.

Como parte de la implementación del Plan de Compliance Penal de DOWN ESPAÑA se estableció en 2017 un medio a través del que se reciben y gestionan las comunicaciones o informaciones formuladas por sus empleados/as y profesionales de la asociación, voluntarios/as, socios/as, donantes, proveedores, etc. sobre posibles conductas irregulares de las que hayan tenido conocimiento, contrarias a las normas, tanto externas como internas de la Federación, las cuales están recogidas en sus protocolos y códigos de conducta.

El procedimiento está regulado en el:
Código ético y de Buen Gobierno de DOWN ESPAÑA
Código de Conducta de DOWN ESPAÑA
(Aprobados por Junta Directiva DOWN ESPAÑA el 19 de abril de 2018 y en Asamblea General Ordinaria de 5 de mayo de 2018)

Es público:
A través de su página web: https://www.sindromedown.net/conocenos/canal-de-denuncias/

Dispone de:
Formulario de comunicación y denuncia.
Servicio de Compliance canaldenuncias@syconsultoes.es

Anualmente se registrarán estadísticas de uso del canal de denuncias.

Se garantizará el derecho a la intimidad y la confidencialidad de los datos personales incluidos en la denuncia. A estos efectos, los expedientes generarán un número de referencia que será con el que se trabaje, de modo que se pueda asegurar la imposibilidad de identificación de los denunciantes.

Toda denuncia recibida será analizada y tramitada de acuerdo a lo establecido en la Política del Canal de Comunicación y Denuncias de la DOWN ESPAÑA:

El Comité de Cumplimiento atenderá las denuncias presentadas, siguiendo el procedimiento establecido y preservando, siempre que resulte posible, la confidencialidad de la información relativa a la denuncia:

El Comité iniciará un análisis inicial relativo a determinar la competencia del propio Comité en el asunto denunciado. En el supuesto de no declararse competente, dará traslado de tal resultado por escrito al denunciante, al departamento de RRHH y a la Junta Directiva (Análisis de competencia)

El Comité iniciará una investigación interna pudiendo requerir a todo el personal de todas las áreas y departamentos, la información y documentación que estime oportuna, siempre preservando los derechos de demandado y demandante (Investigación)

El Comité emitirá un Informe escrito en el que se detallarán las actuaciones realizadas, así como los hechos probados, resolviendo su dictamen y proponiendo asimismo y en su caso un acuerdo de sanción (Emisión de Informe)

El Comité remitirá la resolución con los resultados favorables al Denunciante al responsable competente para que aplique las sanciones que se hayan derivado del incumplimiento, en caso de que se trate de un incumplimiento grave o que requiera iniciar acciones judiciales, se deberá comunicar el Informe a la Junta Directiva (Comunicación de la resolución).

En el supuesto de que la resolución del Comité tras las investigaciones sea favorable al Denunciado, se dará traslado de este hecho con Informe detallado a las partes y a la Junta Directiva (Comunicación de la resolución).

Los intervinientes en cualquier actuación del procedimiento de denuncia e investigación de la misma, asumen la obligación de guardar secreto sobre cualquier información a la que hayan tenido acceso en virtud de su participación, sea cual sea, en el proceso. La vulneración de lo dispuesto en el presente apartado podrá ser gravemente sancionada.