General4 Jul 20193 minutos de lectura

Una sentencia aboga por la libertad de elección sobre las adaptaciones curriculares en la ESO

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Según informa el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ de Castilla y León ha considerado que imponer a una alumna con necesidades educativas especiales, unas adaptaciones curriculares significativas, la han discriminado. Además, el dictamen señala que dichas adaptaciones han tenido unos efectos perversos contrarios al objetivo de toda adaptación, porque han impedido que la alumna alcanzara los objetivos y la titulación correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria.

Irene, la joven afectada, terminó 4º de la ESO en el curso 2016/2017 con una media de notable, pero no tituló porque, según el profesorado de su Instituto, Irene no había alcanzado los objetivos y las competencias de la etapa al haber estudiado más de dos asignaturas con adaptaciones curriculares significativas.

El curso siguiente Irene repitió 4º de la ESO con el objetivo de titular y renunció a las adaptaciones curriculares significativas en cuatro asignaturas, solicitando estudiarlas con adaptaciones curriculares que no fueran significativas. Mediante una Resolución que ahora ha sido anulada por la sentencia del TSJ, la Dirección Provincial de Segovia denegó a Irene la posibilidad de renunciar a dichas adaptaciones curriculares significativas en tres asignaturas.

Ello significaba que pese a tener todo aprobado, no se le permitía tener ninguna oportunidad de titular.

La sentencia recién publicada establece que la Resolución de la Dirección Provincial de Segovia no es conforme a derecho, por vulneración del derecho fundamental a la educación en igualdad de condiciones prevista por el artículo 27 en relación con el artículo 14 de la Constitución española, declarando la nulidad de la misma y reconociendo el derecho a estudiar sin dichas adaptaciones curriculares significativas en los términos solicitados por Irene en su demanda.

En este procedimiento, Irene ha contado con el apoyo de su madre y de su abogada, asesora jurídica de Canal Down 21 y abogada especializada en discapacidad, María José Alonso Parreño.

La sentencia abre la puerta a que se corrija una de las grandes perversiones de nuestro sistema educativo en el que se consideraba hasta ahora aceptable convertir las medidas de accesibilidad previstas en las leyes en barreras que impedían seguir estudiando, indica el CERMI.

DOWN ESPAÑA se une al CERMI para celebrar esta sentencia, pues acierta al considerar contrario a Derecho el alumnado con discapacidad se vea imposibilitado para titular si se ha acogido a adaptaciones curriculares significativas.