Noticia30 Oct 20203 minutos de lectura

«Las personas con discapacidad no tienen ninguna limitación para ser titulares de bienes o de derechos»

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Este jueves, tuvo lugar, dentro del ciclo de Conferencias Down de DOWN ESPAÑA, una nueva sesión de Aula jurídica: «Protección patrimonial de las personas con síndrome de Down» en colaboración con la Fundación Aequitas. Para ello, contamos como ponente con el notario Jorge Díaz Cadórniga, ponente habitual de seminarios y coloquios sobre protección e igualdad de personas con discapacidad, profesor de Máster en las Universidades de Almería y Málaga y miembro de la citada fundación. Esta sesión estuvo dedicada a cuestiones relativas al ámbito patrimonial de las personas con discapacidad intelectual desde una perspectiva de repercusiones de ámbito fiscal.

«Las personas con discapacidad no tienen ninguna limitación para ser titulares de bienes o de derechos. pueden ser propietarios de inmuebles, etc…, pero es cierto que hay restricciones, peculiaridades y dificultades» en algunos procesos de este tipo, según explicó el experto.

A pesar de que actualmente se encuentra en proceso de tramitación la nueva reforma civil y procesal de la ley que afecta a las personas con discapacidad, Díaz Cadórniga quiso explicar las herramientas e instrumentos que hay día de hoy existen para facilitar algunos trámites y para que las personas con discapacidad puedan ejercer sus plenos derechos. Por ejemplo, la figura del curador; una persona que a diferencia del tutor legal,  puede servir de apoyo a una persona con discapacidad en momentos puntuales en los que sea necesaria su participación. Otras medidas que explicó el experto fueron: los seguros de dependencia, la renta vitalicia, la hipoteca inversa, el contrato de alimentos o el patrimonio protegido.

Entre otros muchos términos y procesos jurídicos de enorme utilidad para las personas con síndrome de Down y sus familias, Díaz Cadórniga se refirió a la herencia y a los conceptos relativos a ella: delegación de la facultad de mejorar, sustitución ejemplar, testamento con sustitución ejemplar, delegación de la facultad de mejorar, testamento del discapacitado…Sobre este último, el notario explicó las diferencias entre persona con discapacidad y personas incapacitada legalmente a la hora de ejercer sus derechos. Además, explicó cómo es y debería ser el proceso de redacción de un testamento y por ejemplo, en qué casos una personas con discapacidad puede desheredar a sus familiares. «Podría desheredar por maltrato psicológico. Además, un tutor que no sea sea padre, madre, hermano/a o hijo/a, tampoco puede heredar».

Antes de finalizar la conferencia, Díaz Cadórniga respondió a las dudas que enviaron varios usuarios a través de las redes sociales  de DOWN ESPAÑA o durante la propia conferencia a través de Zoom.
Por otro lado, queremos recordar que en la web de Fundación Aequitas es posible consultar cuestiones personales a través de un foro en el que los expertos juristas podrán contestar. Este es el enlace al foro: Consultorio Fundación Aequitas

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