Noticia3 May 20185 minutos de lectura

La CNMC interpela a Telefónica por la emisión de una serie con contenido ofensivo hacia las personas con síndrome de Down

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El pasado mes de febrero, se emite en los canales de televisión #0 y Movistar Series el primer capítulo de la serie “Mira lo que has hecho”, producida por Movistar Series (cuya responsabilidad editorial corresponde a Telefónica) en colaboración con El Terrat. El contenido de ese primer capítulo, en el que existe una referencia a las personas con síndrome de Down, es rápidamente notificado a DOWN ESPAÑA a través de numerosas quejas de familias de toda España que consideran que es ofensivo hacia las personas con esta discapacidad. En concreto, el malestar proviene del momento en el que se refiere a las personas con síndrome de Down como “retrasados”.

Nuestra organización revisa en varias ocasiones el contenido de forma precisa, teniendo en cuenta que se trata de una serie de humor y por lo tanto haciéndolo desde un contexto amplio; a pesar de lo cual DOWN ESPAÑA estima que la referencia al síndrome de Down es sin lugar a dudas ofensiva y que en nada contribuye a la inclusión social de este colectivo, máxime cuando es un término ya desfasado y en general superado por la sociedad española.

Nuestra organización se dirige a la productora El Terrat para solicitar una disculpa pública hacia las personas con síndrome de Down y sus familias pero su respuesta es que “las expresiones descontextualizadas pueden ser ofensivas para unos u otros, pero esta no ha sido nuestra voluntad”. Tras recibir esta respuesta, contactamos con Telefónica pero no recibimos ninguna respuesta de la empresa.

Es entonces cuando DOWN ESPAÑA decide trasladar una petición a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para que supervise el capítulo y su adecuación con el ordenamiento vigente y los códigos de autorregulación en los términos establecidos en la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual (LGCA). En concreto, DOWN ESPAÑA pone de manifiesto que a su parecer el contenido del capítulo vulnera el artículo 8 de la LGCA que establece en su apartado quinto que “los prestadores del servicio de comunicación audiovisual procurarán ofrecer en sus emisiones una imagen ajustada, normalizada, respetuosa e inclusiva de las personas con discapacidad,(…) evitando difundir percepciones estereotipadas, sesgadas o producto de los prejuicios sociales que pudieran subsistir”.

El pronunciamiento de la CNMC el pasado 20 de abril realizado de oficio no ha dejado lugar a dudas, pues el organismo ha resuelto que “una vez visionada y analizada la escena, se considera necesario poner de manifiesto que el tratamiento que se da hacia las personas con síndrome de Down y la imagen que se transmite de este colectivo no son adecuados ni correctos desde el punto de vista social y normativo”. Por otro lado, la CNMC considera que “en la escena descrita se efectúa una equiparación de las personas que padecen síndrome de Down con personas retrasadas, pero desde un punto de vista peyorativo y no justificado, pues ni siquiera tiene una connotación humorística que se pueda situar en un contexto en el que determinadas menciones sobre personas con discapacidad o sobre cualquier persona, independientemente de sus capacidades, puedan considerarse adecuadas, o al menos aceptadas, en función del objetivo perseguido o de las circunstancias concurrentes en el programa”.

El organismo considera que “el término ‘retrasado’, tal como está utilizado en relación con el síndrome de Down, tampoco se ajusta a la realidad o al menos tiene un sesgo ofensivo que no ayuda en nada a facilitar la integración social de este colectivo. Asimismo, también supone un factor que incita a repetir este tipo de conductas poco apropiadas”. Por todo ello y consciente de la enorme repercusión mediática y social que tienen estos hechos, ha requerido a Telefónica, en cuanto responsable editorial de los contenidos emitidos en sus canales #0 y Movistar Series, para que en sus emisiones adecúe el tratamiento de las personas con discapacidad a lo establecido en la Ley 7/2010 y ofrezca una imagen respetuosa e inclusiva de este colectivo.

DOWN ESPAÑA se congratula de esta resolución de la CNMC y espera que a partir de ahora Telefónica cuide los contenidos emitidos en sus canales referidos a las personas con discapacidad. Nuestra organización lleva casi tres décadas trabajando para lograr una sociedad libre de prejuicios y estereotipos hacia las personas con síndrome de Down. Los términos peyorativos referidos a nuestro colectivo son una traba y una barrera para su inclusión, algo que no podemos permitirnos como sociedad. En este sentido, consideramos que la imagen social de las personas con síndrome de Down que trasladan los medios de comunicación, es una pieza clave en la consecución del objetivo de la inclusión social que desde nuestra organización y nuestras 90 asociaciones federadas perseguimos.