Noticia7 Jul 20203 minutos de lectura

El Gobierno aprueba la reforma que eliminará la ‘incapacitación’ de las personas con discapacidad

Portada post El Gobierno aprueba la reforma que eliminará la ‘incapacitación’ de las personas con discapacidad

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de ley por el que se reformará la legislación civil y procesal en lo referido a las limitaciones de la capacidad jurídica por razón de discapacidad. El objetivo de esta reforma es acabar con la incapacitación judicial completa del colectivo y, en su lugar, favorecer su capacidad de decisión con un sistema de apoyos adecuado.

La reforma implica una adaptación de la legislación española de acuerdo la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas -ratificada por España en 2008-.

Según informa el Comité Español de Representantes de las Personas con Discapacidad (CERMI), el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha explicado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros que la reforma supone el reemplazo de la figura de la tutela -donde una tercera persona se encarga de decidir por la persona incapacitada judicialmente- por la de la curatela, que pretende que sea el propio interesado quien adopte dichas decisiones, siempre con los apoyos y las ayudas necesarias.

La nueva norma insiste en que los poderes públicos deben asegurar un sistema de apoyos adecuados a las personas con discapacidad.  Además del Código Civil, el anteproyecto prevé modificar la Ley Hipotecaria, la de Enjuiciamiento Civil, la del Notariado, la referida a la Jurisdición Voluntaria y la de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad.

Novedades

La reforma elimina la incapacitación o modificación de la capacidad del Código Civil -pues esta como condición inherente de la persona no puede modificarse-, por el ‘apoyo’, término que engloba desde la ayuda técnica en la comunicación de declaraciones de voluntad o la ruptura de barreras arquitectónicas, hasta la representación o sustitución en la toma de decisiones.

Desaparecen las figuras de la tutela para los mayores de edad, la patria potestad prorrogada y la patria potestad rehabilitada, puesto que «no responden al sistema de promoción de la autonomía de las personas adultas con discapacidad».

Además, la reforma pretende atender los aspectos personales y no sólo los patrimoniales, y prioriza todas aquellas medidas que la persona pueda adoptar con carácter preventivo, como mandatos y poderes preventivos.

Se refuerza la guarda de hecho, concebida para permanecer en el tiempo, y reserva la tutela a los menores de edad que no estén protegidos a través de la patria potestad.

El anteproyecto afecta también a otras normas relativas al Derecho internacional privado, a los actos relativos a la nacionalidad, el matrimonio o la filiación, así como a algunas reglas del Derecho de sucesiones y de contratos.

Finalmente, prohíbe que las entidades de apoyo a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo que presten servicios puedan también actuar como tutoras y ser así «juez y parte en el proceso».