Noticia7 Abr 20172 minutos de lectura

El diccionario normativo del catalán corrige y actualiza algunos términos referidos al síndrome de Down que podían ser ofensivos

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La versión en línea de la segunda edición del ‘Diccionario de la lengua catalana’ (Diec2) acaba de actualizarse de acuerdo con la nueva normativa ortográfica del Instituto de Estudios Catalanes (IEC), y ha modificado las definiciones de términos como ‘mongólico’, ‘síndrome de Down’ y ‘subnormal’.

Así, una de las acepciones de ‘mongólico‘ ha pasado de “ser afectado de mongolismo” y “relativo o perteneciente al mongolismo”, a “relativo o perteneciente al síndrome de Down”, las cuales, además, han pasado a ser consideradas obsoletas. La definición de ‘mongolismo‘ sigue siendo ‘síndrome de Down’, pero ahora se especifica que esta equivalencia está ya obsoleta.


La definición de ‘síndrome de Down‘ ha pasado de ser una “afección congénita causada por una alteración de la dotación cromosómica, caracterizada por un aspecto especial que recuerda a los individuos de raza mongólica y por|para una deficiencia mental”, a ser una “afección congénita causada por una alteración de la dotación cromosómica y caracterizada por una discapacidad intelectual y unos rasgos fisonómicos especiales, como un cráneo pequeño, el occipucio plano, los ojos pequeños y oblicuos y la cara ancha”.

Asimismo, la definición de ‘subnormal’ indicará que se trata de una expresión obsoleta para referirse a alguien “que presenta una discapacidad intelectual”.

Estas modificaciones siguen la línea de adaptar el uso del lenguaje a unos criterios más respetuosos y actualizados, tal y como sucedió con las modificaciones adoptadas por la Real Academia Galega el pasado año.

Recordemos que DOWN ESPAÑA se alineó en 2007 con una propuesta para suprimir del diccionario español las palabras ‘mongólico’ y ‘subnormal’ referidas al síndrome de Down. Se trataba de una Proposición No de Ley impulsada a propuesta del PSOE.