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DOWN ESPAÑA y el CERMI reciben con desolación que el Constitucional ignore el derecho al voto de las personas con discapacidad intelectual

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Mara es una joven con discapacidad intelectual de 20 años para la que sus padres solicitaron una incapacitación parcial, pero “respetándole sus derechos personalísimos”, entre los que se encuentra la posibilidad de votar. El 2 de septiembre de 2014, el juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago dictó sentencia en la que, entre otros aspectos, privaba a Mara del derecho al sufragio activo. La familia recurrió entonces a la Audiencia Provincial de A Coruña, que ratificaba esta sentencia, al igual que hizo la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo en marzo del pasado año. El fallo del Tribunal Supremo se produjo en contra del criterio de la Fiscalía quien solicitó, de acuerdo con lo que establece la Convención de la ONU, que se facilitase a Mara los apoyos necesarios y se le permitiese poder votar. El siguiente paso fue recurrir al Tribunal Constitucional, que ha rechazado admitir a trámite el recurso presentado por la familia de la joven.

Con esta resolución avala la sentencia previa del Tribunal Supremo que le impedía acudir a las urnas y que habían recurrido la Fiscalía y los padres de la joven, pero también sienta un precedente que afecta a unas 100.000 personas con discapacidad intelectual de toda España.

El Constitucional ha evitado pronunciarse, pero con su dictamen ha acabado por posicionarse en contra del derecho al voto de las personas con discapacidad intelectual, si bien la resolución cuenta con el voto particular contrario de la vicepresidenta del Tribunal, Adela Asúa.

La magistrada recuerda que la demanda de amparo presentada por la Fiscalía plantea «una cuestión de singular relevancia constitucional», ya que no existe doctrina del Constitucional en relación con el ejercicio del derecho fundamental al voto, reconocido en el artículo 23 de la Constitución, cuando se trata de personas con discapacidad intelectual. Y entiende que al no admitir a trámite el recurso el tribunal está evitando cumplir «con la función que le incumbe en relación con los derechos fundamentales».

La madre de Mara, Mar Caamaño, ha explicado que a su hija la resolución del Constitucional le ha sentado como «un jarro de agua fría», pues desde que cumplió los 18 años siempre ha votado, incluso en las elecciones autonómicas de septiembre y las generales de junio, pues desde principios de año una sentencia del Tribunal Supremo le retiraba el derecho al sufragio, pero, como la resolución no era firme, pudo seguir ejerciendo su derecho.

La sentencia ya es firme, de modo que la joven será retirada del censo electoral. Sin embargo ellos no se rinden y ya avanzan hacia el que será el siguiente paso: el recurso ante el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos.  Tanto el CERMI como DOWN ESPAÑA han ofrecido a la familia toda la asistencia y el acompañamiento jurídicos para recurrir a Estrasburgo.

Examen para poder votar

La sentencia del Supremo que ahora confirma el Constitucional se basa, entre otras cuestiones, en un interrogatorio realizado a Mara sobre determinadas cuestiones políticas electorales, del que concluyen su desconocimiento casi total del valor del dinero o su ignorancia sobre los partidos políticos. Ante esta circunstancia, su madre pide «que nos hagan a todos el tipo de examen que le hicieron a ella».

La vicepresidenta del Constitucional en su voto particular redunda en este argumento y se pregunta qué pasaría «si se sometiera a todo el cuerpo electoral a ese examen de conocimientos sobre nuestro sistema político y electoral», pues entiende que probablemente, bajo ese mismo rasero, serían muchas las personas con derecho a voto y no discapacitadas las que no podrían votar.

Desolación entre las organizaciones de apoyo a las personas con discapacidad intelectual

Juan Martínez, presidente de DOWN COMPOSTELA y miembro de la Junta Directiva de DOWN ESPAÑA, asegura que la decisión del Constitucional supone “una profunda decepción porque ha perdido la primera oportunidad que se le presentaba para analizar en profundidad la situación que está afectando a las personas con discapacidad privadas de voto. Al Tribunal Constitucional le ha faltado valentía”. Y continúa, “el hecho de que haya discrepancias, que la Fiscalía defendiera la tesis de la familia de que se le restituyera el voto a Mara y que haya un voto particular nos viene a dar un poco la razón. Estamos totalmente de acuerdo con la argumentación de la magistrada Asúa”.

El presidente del CERMI, Luis Cayo Pérez-Bueno, ha manifestado que reciben la sentencia con profunda desolación y tristeza. “Nuestros derechos por enésima vez se ven arrojados a la cuneta de la vida en comunidad«,  ha declarado, y la «mala práctica de la justicia constitucional» hace «más necesaria que nunca» la modificación con urgencia la legislación electoral para que todas las personas con discapacidad gocen de su derecho fundamental al voto, hoy negado en España.

«La experiencia del sector social de la discapacidad con el TC es de permanente frustración y decepción,- ha afirmado- pues no ha asumido ni conoce ni practica la dimensión de derechos humanos con la que ha de abordarse la realidad de las personas con discapacidad”.

Asimismo, sostienen respecto al derecho de voto, que el TC mantiene un enfoque «antediluviano» en la consideración de las personas con discapacidad, «como seres débiles, frágiles e influenciables, sometidos a instancias ajenas a sí mismas, que no pueden ejercer sus derechos como cualquier otro miembro de la comunidad, y sanciona su privación».

Por su parte la ministra de Sanidad y Servicios Sociales se ha comprometido a promover una reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg) «para que la regla general sea reconocer el derecho de voto a las personas con discapacidad, regulando aquellas excepciones a este derecho en los supuestos de plena inconsciencia o absoluta falta de conocimiento de la persona».

Pronunciamiento de la Federación Iberoamericana de Síndrome de Down-FIADOWN-

Por su parte, FIADOWN,  integrada por 18 entidades de doce países iberoamericanos (Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República de El Salvador, España, Honduras, Paraguay, Perú, Portugal y Uruguay), ha emitido esta mañana un comunicado en el que eleva su voz de alerta y lamenta que el Alto Tribunal español haga caso omiso de los artículos 5, 12 y 29 de la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos de las Personas con Discapacidad,  y, en la práctica, siga manteniendo la clara situación de discriminación que viven muchas personas con discapacidad en España a la hora de ejercer su derecho al voto.

Estamos convencidos de que «mientras los encargados de impartir justicia sean los primeros en vulnerar la equidad y no se constituyan en los primeros defensores de la igualdad de las personas, seguiremos viendo casos como el de Mara G.C. a diario”- han manifestado.

FIADOWN rescata sin embargo, como una esperanza, “las discrepancias existentes entre los integrantes de la sala. El hecho de que la Fiscalía defendiera la tesis de la familia para que Mara pueda volver a votar y que la vicepresidenta del Constitucional, Adela Asúa Barratita, haya emitido un voto particular oponiéndose al auto, lo que nos viene a dar la razón”.