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DOWN ESPAÑA denuncia un nuevo caso de segregación educativa de un niño con síndrome de Down de Cuenca

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Colegio discriminacion2DOWN ESPAÑA denuncia un nuevo caso de segregación educativa de un niño con síndrome de Down de Cuenca. Según un dictamen de escolarización el niño tendrá que cursar el próximo curso escolar en un Centro de Educación Especial, en contra del criterio de los padres. La familia ha interpuesto un recurso de alzada contra la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla La-Mancha que ha sido desestimado y ahora se plantea iniciar un proceso judicial para devolver a su hijo su derecho a estudiar en un colegio ordinario.

Les alientan casos como el del menor con parálisis cerebral, también de Cuenca, que también fue derivado a un Centro de Educación Especial con un dictamen de escolarización, y que finalmente consiguió que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla La-Mancha reconociese en 2012 su derecho a estudiar en un colegio ordinario con los apoyos necesarios.

Para Fabián Cámara, Presidente de DOWN ESPAÑA, “no es casualidad que esto esté ocurriendo en nuestro país, pues no se está cumpliendo la legislación vigente en materia de educación para las personas con discapacidad. Hasta que el Gobierno no se comprometa de manera firme con los derechos humanos de las personas con discapacidad, seguirán apareciendo casos como el de las dos familias de la Rioja, el de este niño de Cuenca, o el de Rubén Calleja de León, en los que las familias ven cómo se está segregando a sus hijos, apartándoles de la educación ordinaria”.

DOWN ESPAÑA hace una llamada pública a que desde el Gobierno y las administraciones educativas de las distintas comunidades autónomas se garantice el derecho a la educación inclusiva de los niños con síndrome de Down tal y como queda recogido en el ordenamiento jurídico español:

  • Artículos 14 y 27 de la Constitución Española que recogen el derecho fundamental a la educación y a la igualdad de los españoles y proscribe toda discriminación. De la conjunción de ambos artículos se desprende que las personas con discapacidad tienen derecho a una educación dentro de un sistema inclusivo a todos los niveles, en igualdad de condiciones con los demás.
  • Ley Orgánica 2/2006, de Educación: que en su artículo 74.1 recoge que “la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo (…).
  • Preámbulo de la LOMCE en el que se reconoce que: “Solo un sistema educativo de calidad, inclusivo, integrador y exigente, garantiza la igualdad de oportunidades y hace efectiva la posibilidad de que cada alumno o alumna desarrolle el máximo de sus potencialidades”. Además se cita que “las familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones”.
  • Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad que España ratificó en 2008 y que reconoce en su artículo 24 que “los Estados asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles para las personas con discapacidad”. Esta Convención fue aprobada por unanimidad por nuestro Parlamento y es de obligado cumplimiento en España al tener rango de tratado jurídico internacional de Derechos Humanos.

DOWN ESPAÑA espera que la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de Castilla La-Mancha tenga en cuenta el derecho a la educación inclusiva de este niño con síndrome de Down y le permita seguir estudiando en un colegio de educación ordinaria tal y como es su deseo y el sus padres.