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Mi pregunta es la siguiente: en un divorcio contencioso celebrado en el día de ayer, con un hijo síndrome down, 17 años con una minusvalía definitiva de más del 75 % , necesidad de tercera persona, y trastorno conductual para el uso de transporte.
Tras 7 meses desde la presentación de la demanda impuesta por el padre, y no haber solicitado medidas provisionales, no ha vuelto a ver al adolescente. Y cuál fue mi sorpresa que en el juicio celebrado ayer, el fiscal y la juez lo califican de juicio no habitual, por la proximidad a cumplir 18 años, no procediendo visitas, salvo que el mayor de edad decida lo contrario. Así cómo establecer la pensión de madre e hijo en función a la pensión contributiva que cobrará el menor.
¿No existe un vacío legal en la defensa del incapacitado ? ¿Cómo se puede considerar que es capaz de decidir sólo por el hecho de cumplir 18 años? ¿Qué ocurre hasta que se le concede la incapacitación? ¿Hay que volver a iniciar el proceso judicial de modificación de medidas?
El adolescente y la madre viven en la actualidad en una provincia diferente a la del padre. ¿Se puede pedir traslado de expediente a la nueva ciudad dónde ya estamos empadronados, al no poder viajar ni quedarse solo el futuro mayor de edad?
Muchas gracias anticipadas.
No he encontrado nada regulado sobre este asunto, y considero que no es justo no compartir la carga de nuestro hijo, cuando ambos estamos en las mismas condiciones laborales, y tener que utilizar su prestación en alimentos y gastos domésticos? Dónde están los derechos del adolescente ?