Educación25 Ago 20164 minutos de lectura

Nuevas ayudas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2016-2017

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El pasado 6 de agosto el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, convocaba nuevas ayudas para el curso 2016/2017 para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. A continuación copiamos íntegramente la convocatoria del BOE:

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero. Convocatoria.

Se convocan las siguientes ayudas:

a) Ayudas directas para el alumnado que requiera por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.

b) Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.

c) Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Segundo. Beneficiarios.

Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.

Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.

El alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales

Tercero. Solicitudes.

Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».

El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 29 de septiembre de 2016 inclusive.

Cuarto. Componentes de las ayudas y cuantías.

– Enseñanza: hasta 862,00 euros.

– Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.

– Comedor escolar: hasta 574,00 euros.

– Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.

-Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.

– Transporte urbano: hasta 308,00 euros.

– Libros y material didáctico:

Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.

Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.

– Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.

Los subsidios podrán concederse únicamente para los conceptos de transporte interurbano o urbano y comedor y por las mismas cuantías señaladas para éstos en las ayudas.

Ayuda a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociada a altas capacidades intelectuales, una cantidad máxima de 913,00 euros.

Quinto. Información sobre la tramitación de la ayuda.

La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es. Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provincia correspondiente. El expediente se identificará por el nombre del solicitante de la ayuda o subsidio.

Madrid,, 27 de julio de 2016.- El Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades (P.S. DA5ª del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero) El Director General de Evaluación y Cooperación Territorial, José Luis Blanco López.