Noticia23 Jun 20154 minutos de lectura

DOWN ESPAÑA alerta del grave peligro que supone para el sector social la sentencia del Tribunal Supremo que anula las subvenciones a ONG estatales

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DOWN ESPAÑA considera que la sentencia del Tribunal Supremo que declara nulo el Real Decreto 535/2013 por el que se establece la concesión de subvenciones a entidades del Tercer Sector de ámbito estatal atenta gravemente contra el sector social en España y condenará a estas entidades a su desaparición en un futuro cercano.

Las entidades de acción social estatales prestan un apoyo insustituible a las personas con discapacidad y sus familias. Es por eso que esta resolución judicial, de aplicarse, tendrá un efecto devastador en la situación de la población más excluida y con mayor necesidad de apoyo.

La realidad de las personas con discapacidad en España requiere de unas estructuras estatales de apoyo que coordinen, planifiquen, organicen y creen servicios destinados a cubrir las necesidades de los diferentes colectivos desde una óptica general, que asegure la implantación de programas que beneficien a estas personas con independencia del territorio en el que residan.

En opinión de DOWN ESPAÑA, no puede ponerse en duda que la política de solidaridad entre territorios establecida por el Real Decreto ha demostrado ser altamente beneficiosa, garantizando que la atención que reciben las personas con discapacidad en cualquier parte del territorio nacional sea los más igualitaria, justa y equitativa posible.

Ante esta gravísima situación que hace peligrar la estabilidad de un sector consolidado desde hace décadas, DOWN ESPAÑA pide a los poderes públicos que se comprometan para garantizar la continuidad de los proyectos sociales de las entidades nacionales del Tercer Sector.

El presidente de DOWN ESPAÑA, José Fabián Cámara, considera que «esta resolución judicial pone en riesgo la capacidad de apoyo y asistencia a las personas más vulnerables y necesitadas de nuestro país, algo que es completamente inaceptable. Un conflicto de competencias con las Comunidades Autónomas no puede derrumbar la red cívica de apoyo social que constituyen las organizaciones estatales del Tercer Sector. Desde DOWN ESPAÑA hacemos un llamamiento a que los diferentes actores implicados tomen acciones inmediatas de cara a solucionar esta situación”.

DOWN ESPAÑA junto con el CERMI y el resto de organizaciones sociales articuladas en torno a la Plataforma del Tercer Sector, desplegará toda la acción de presión e incidencia política necesaria para revertir esta situación que coloca al borde del abismo a la red cívica de apoyo social creada con tanto esfuerzo en los últimos 30 años en España.

La sentencia del Supremo

Reproducimos a continuación la noticia, que se dio a conocer el pasado 9 de junio:

La Sala Tercera del Tribunal Supremo declara nulo el Real Decreto en el que quedaban establecidas las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de ámbito estatal del Tercer Sector –es decir, ONG’s y otras entidades privadas sin ánimo de lucro que realizan actividades de interés general– colaboradoras con la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.

El alto tribunal ha estimado un recurso presentado por la Generalitat de Cataluña que alegaba que la Administración General del Estado no respetaba en el decreto su «competencia exclusiva en materia» de asistencia.

No obstante, la nulidad del decreto afecta a todo el territorio nacional al tratarse de una disposición de carácter general.

La sentencia explica esta cuestión de forma expresa ya que rechaza una pretensión de la Abogacía del Estado que había reclamado que se limitase la anulación de la norma a esa comunidad autónoma.

La sentencia indica que la competencia exclusiva en materia de asistencia social es de las comunidades autónomas siempre que la tengan asumida en sus estatutos. En opinión de los magistrados el Estado «no invoca un título competencial suficiente» por lo que, en aplicación de la doctrina del Tribunal Constitucional, la intervención estatal debe realizarse de forma genérica o global.

Así, la resolución concreta que los fondos destinados a las ONGs deben integrarse «como un recurso que nutre la hacienda autonómica» y consignarse en los Presupuestos Generales del Estado como transferencias corrientes o de capital a las comunidades autónomas, de forma que la asignación quede territorializada.

La consideración de estas entidades como «colaboradoras» de la Secretaría no basta como criterio para incluir su subvención entre las materias de competencia exclusiva del Estado, agrega.

«Debemos insistir que se trata de entidades privadas, que se encuentran extramuros de la organización y funcionamiento de las administraciones públicas», precisa.

Fuente: Europa Press