Educación20 Jul 20154 minutos de lectura

DOWN ESPAÑA alerta de dos nuevos casos de segregación educativa de niños con síndrome de Down

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Colegio discriminacionDOWN ESPAÑA alerta de dos nuevos casos de segregación educativa de niños con síndrome de Down en nuestro país. Las dos familias, que viven en La Rioja, han recibido dictámenes de los Servicios de Orientación Educativa y Atención a la Diversidad en los que se les informa que sus hijos pasarán a ser escolarizados en un centro de Educación Especial para el próximo curso escolar, algo a lo que los padres se niegan.

Es por ello que ambas familias han interpuesto sendos recursos de alzada dirigidos al Consejero de Educación, Formación y Empleo de La Rioja, José Abel Bayo Martínez, solicitándole que se mantenga a los alumnos en la educación ordinaria con los apoyos necesarios, tal y como es su derecho.

Para Fabián Cámara, Presidente de DOWN ESPAÑA, “estos dos nuevos casos, unidos al de Rubén Calleja de León que se encuentra en estos momentos en el Tribunal de los Derechos Humanos de Estrasburgo, y a los de muchas familias que nos llaman a DOWN ESPAÑA buscando asesoramiento, no son más que la prueba evidente de que nuestro país sigue incumpliendo la legislación vigente en materia de educación para las personas con discapacidad. La educación inclusiva no es una opción; es una obligación que nuestro sistema educativo debe asegurar y que, hoy por hoy, incumple”.

DOWN ESPAÑA insta al Gobierno y a las administraciones educativas de las distintas comunidades autónomas a que se garantice el derecho a la educación inclusiva de los niños con síndrome de Down tal y como queda recogido en el ordenamiento jurídico español:

  • Artículos 14 y 27 de la Constitución Española que recogen el derecho fundamental a la educación y a la igualdad de los españoles y proscribe toda discriminación. De la conjunción de ambos artículos se desprende que las personas con discapacidad tienen derecho a una educación dentro de un sistema inclusivo a todos los niveles, en igualdad de condiciones con los demás.
  • Ley Orgánica 2/2006, de Educación: que en su artículo 74.1 recoge que “la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo (…).
  • Preámbulo de la LOMCE en el que se reconoce que: “Solo un sistema educativo de calidad, inclusivo, integrador y exigente, garantiza la igualdad de oportunidades y hace efectiva la posibilidad de que cada alumno o alumna desarrolle el máximo de sus potencialidades”. Además se cita que “las familias son las primeras responsables de la educación de sus hijos y por ello el sistema educativo tiene que contar con la familia y confiar en sus decisiones”.
  • Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad que España ratificó en 2008 y que reconoce en su artículo 24 que “los Estados asegurarán un sistema de educación inclusivo a todos los niveles para las personas con discapacidad”. Esta Convención fue aprobada por unanimidad por nuestro Parlamento y es de obligado cumplimiento en España al tener rango de tratado jurídico internacional de Derechos Humanos.

DOWN ESPAÑA espera que la Consejería de Educación, Formación y Empleo de La Rioja tenga en cuenta el derecho a la educación inclusiva de estos niños con síndrome de Down y les permita seguir estudiando en un colegio de educación ordinaria tal y como es el deseo de los padres.